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Gonzalez-Guerra-00Carlos González Guerra es además Director Ejecutivo de la Maestría y Especialización en Derecho Penal de la Universidad Austral.

¿Cuáles son los aspectos del actual Código Penal más desactualizados, o con mayor urgencia de reforma?

Hay que tener en cuenta que el Código Penal vigente en la Argentina es de 1921 y empezó a regir en 1922. Hubo en el transcurso de estos 95 años muchas modificaciones y adaptaciones, pero que han sido parciales. No se ha hecho una reforma global sino que en la medida que el legislador fue encontrado una necesidad de reforma fue incorporando algunas puntuales. Eso ha generado que el Código haya perdido su sistematicidad y orden, y por otro lado la proporcionalidad de las penas. Cuando se van incluyendo y penando conductas nuevas, la pena no necesariamente respeta la proporcionalidad original que el codificador mantuvo en su momento. Por eso hay que proyectar un cuerpo único, pensado cien por ciento de cero. A eso se suma que hay muchas conductas penales que la sociedad considera disvaliosas, que se penan por fuera del Código Penal, en lo que se llaman leyes especiales. Por ejemplo, el Régimen Penal Tributario, la Ley Penal Cambiaria y la Ley de Drogas van por afuera del Código, por lo que otro objetivo de esta reforma es unificar e incluirlas dentro de un solo cuerpo.

Por otro lado, el paso del tiempo implica que la sociedad ha cambiado y hay cosas que no se han tenido cuenta en la legislación penal. Hay conductas que en 1921 no existían como tales. Por ejemplo, es obvio que hay que tipificar nuevas conductas como el ciberdelito. Hay algunas leyes especiales que las han tratado, pero nos parece que es un momento oportuno para hacer un análisis de cero y razonable.

También hay conductas que existían en ese momento pero que la sociedad no consideraba disvaliosas o no tan disvaliosas como para castigarlas penalmente. Un ejemplo claro es el medioambiente. La sociedad de ese momento no tenía una percepción tan sólida como la de ahora de la importancia de su cuidado. Hay un lobby para penar los desmontes, que hoy no está expresamente previsto en una legislación. Lo mismo pasa con los delitos urbanísticos, o con los delitos contra los derechos de los trabajadores y demás.

Quizá uno de los ejemplos más claros de la desproporcionalidad de las penas pueda estar en el ámbito de los delitos contra la administración pública, normalmente llamados de corrupción, que tienen penas quizás un poco bajas en comparación con otros delitos, y la verdad es que hoy por hoy la sociedad demanda una actualización.

¿Argentina tiene hoy mayores niveles de impunidad que los demás países de la región?

Sí. Argentina tiene un índice de condenas de cumplimiento efectivo muy bajo. El Ministro (de Justicia, Germán Garavano) ha dado cifras y Chequeado lo ha controlado. Ronda entre el 1,5 y 2,5%. Esto tiene que ver con un número importante de conductas que no se denuncian, lo que se llama la cifra negra, pero dentro de las que se denuncian a su vez se va decantando, y las condenas efectivas son muy pocas. No quiere decir que esto (un nuevo Código Penal) vaya a cambiar sólo esta realidad. Se hace desde dos partes: por un lado con el Código Penal y las alternativas a la pena, pero también con el Código Procesal Penal.

¿Es verdad que la reincidencia no está contemplada por el actual Código?

Este va a ser un punto muy discutido, y entiendo que fue uno de los puntos que puso en jaque el proyecto de 2012, en el que intervinieron (Eugenio) Zaffaroni, (Federico) Pinedo, (Ricardo) Gil Lavedra, (León) Arslanian y (María Elena) Barbagelata. Hay una discusión histórica sobre si se tiene que tener en cuenta o no la reincidencia al momento de determinar la pena por un hecho posterior. Es decir, si vos fuiste reincidente y volviste a cometer el delito, si en el momento de determinar la pena del nuevo hecho se tiene que tener en cuenta el precedente. Ahí hay una discusión muy fuerte, que se va a generar de nuevo, que tiene que ver con la idea de que a las personas se las castiga por el hecho y no por su conducta anterior, y que tiene que haber una proporcionalidad entre la pena y el hecho.

Pero al mismo tiempo está el debate sobre si se puede beneficiar a un reincidente con alternativas al cumplimiento efectivo de la pena. Intuyo que por la composición de la comisión va a haber una rica discusión en este punto, y varios otros. La comisión es muy plural. Otras lo han sido, no se puede decir que no, pero acá lo que sí está claro es que está integrada por personas que se dedican a la práctica profesional. Hay jueces, hay fiscales, abogados y representantes del mundo académico pero que también son funcionarios del Poder Judicial o del Ministerio Público. La idea es dar una visión más práctica.

Hoy da la impresión que las penas no se cumplen o eventualmente son reducidas. ¿Por qué sucede esto?

Acá también hay otra discusión muy importante. Hay algunos institutos que se han creado en el ámbito del Código, como la suspensión del juicio a prueba. Esto quiere decir que el juez no llega a una declaración de culpabilidad, sino que se suspende el juicio en una etapa anterior a la sentencia porque el imputado ofrece repara el daño en la medida de sus posibilidades sin reconocer su culpabilidad. Y entonces hay un arreglo, una especie de mediación entre el imputado y el fiscal. Mucha gente ve que estas medidas, que se han ido distorsionando en la práctica, llevan a que no se condene efectivamente a nadie, y que eso no es correcto. Hay discusiones sobre si corresponde o no en delitos de penas menores, en los que quizás pueden seguir valiendo la pena. Lo mismo con la condena de ejecución condicional, en la que sí se declara la culpabilidad, pero en vez de ir a prisión queda condicionalmente en libertad.

Normalmente se dice que el derecho penal llega tarde, que aparece cuando ya está el muerto. Me parece una visión muy parcial, porque cuando un código penal, se sanciona y es ley, la sociedad sabe qué conductas no se pueden cometer, y eso genera necesariamente un efecto preventivo general. Al momento de la declaración de culpabilidad lo que se hace es reafirmar la vigencia de esa norma, o sea se le dice al sujeto en particular que lo que hizo es contrario a ley y la sociedad en su conjunto ve que las instituciones funcionan respetando esas pautas normativas. En el cumplimiento de la pena aparece necesariamente la resocialización, o sea la prevención especial de esa persona que hay que reinsertar socialmente. Hay que ver al sistema penal en sus momentos diferentes y no simplemente limitado a la declaración de culpabilidad y el cumplimiento de la pena.

¿Tener más delincuentes condenados equivale a una población más segura?

Está claro que no es el derecho penal la única herramienta para mejorar la seguridad en un país. De hecho un representante del Ministerio de Desarrollo Social integrará la comisión de reforma y serán necesarios muchos cambios profundos en otros ámbitos de la sociedad, pero tampoco podemos negar que es una parte necesaria del sistema y que merece que el estado la atienda razonablemente. Negarlo no nos ha servido de nada.

¿La comisión tendrá en cuenta el aporte que pueda hacer la oposición, o eso vendría en una instancia posterior?

Efectivamente. La comisión está integrada dentro del Ministerio de Justicia y su programa “Justicia 2020”, que es una agenda y metodología de trabajo que incluye también la discusión sobre la edad de imputabilidad de los menores. Se concibió como una forma de que la sociedad civil participe de la discusión sobre los proyectos de ley que estamos trabajando. En ese marco, va estar abierto a todos, pero a su vez hay tres proyectos del 2006, 2012 y del Frente Renovador objetando el del 2012. En el propio decreto de la creación de la comisión se indica que se debe trabajar sobre esos antecedentes. Además, en la comisión hay gente con perfiles ideológicos muy dispares lo que sin dudas garantizará un intenso y amplio debate de cada tema.

¿Cuánto tiempo tardará la comisión aproximadamente en elaborar y presentar un ante proyecto?

El decreto nos da un plazo de un año para presentar un proyecto. Debería estar para marzo del 2018. Esperamos poder cumplir.

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