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Poder reclamar ante una eventual irregularidad, y que dicha reclamación sea resuelta en el momento de las elecciones, es una preocupación común a muchos argentinos. Es por esto que la Clínica Jurídica de la Facultad de Derecho desarrolló un formulario para facilitar el proceso. Lo podrá utilizar cualquier votante, para denunciar casos en los que su derecho a votar se vea infringido.

Para poder comprender un poco más sobre este sistema, les compartimos un artículo del diario La Nación que cuenta del tema.

También pueden descargar el formulario desde aquí (pdf), así como en serfiscal.org/amparo-electoral/

Iniciativa para facilitar denuncias

Agilizar el trámite de las denuncias por irregularidades electorales. Ése es el objetivo de una iniciativa de la Clínica Jurídica de la Universidad Austral, que desarrolló un formulario que servirá como un recurso de amparo al que podrán acceder tanto los fiscales como los demás votantes para que puedan denunciar ante las autoridades los casos en los que su derecho a sufragar se vea vulnerado.

La idea se suma a los caminos que había habilitado este año la Cámara Nacional Electoral para efectuar ese tipo de denuncias, como la línea creada en el sistema de mensajería WhatsApp.

El recurso está contemplado en el artículo 10 del Código Electoral, que da la posibilidad al votante de presentar un amparo si su derecho a votar se ve cercenado.

La medida puede utilizarse, por ejemplo, cuando falten boletas y no haya reposición o cuando una persona no pueda votar porque aparece en el padrón como que ya efectuó su voto.

De esta manera, si el ciudadano lo considera pertinente podrá completar el formulario y entregarlo a la autoridad de la misma mesa donde votó.

A la autoridad de mesa «se le exigirá que reciba el formulario y tome las medidas necesarias» en el momento o en las próximas horas, según detalló el profesor de Filosofía del Derecho y uno de los impulsores de la iniciativa, Juan Etcheverry.

En tanto, el formulario indica que «se impondrá prisión de 3 meses a 2 años al funcionario que no diere trámite a la acción de amparo».

Según Etcheverry, la iniciativa «busca evitar que una denuncia tenga una solución tardía, es decir, que no tenga solución.

Fuente: La Nación

Descargar amparo desde aquí.


Preguntas Frecuentes

¿Qué es y para qué se utiliza el amparo del elector?

Es una acción expresamente prevista en el Código Electoral Nacional que busca garantizar el ejercicio del derecho a votar, exigiendo a la autoridad que lo recibe tomar urgentemente las medidas conducentes para hacer cesar el impedimento arbitrario contra ese derecho.

¿En qué casos puede usarse?

  • Imposición de prisión durante las 24 hs. anteriores a los comicios, sin que exista flagrante delito u orden de juez competente.
  • Impedimento de tránsito hacia el lugar de los comicios.
  • Privación arbitraria e injustificada del ejercicio del sufragio.
  • Negación de una licencia especial por el empleador en el día de los comicios para ir a votar.
  • Violación de la libertad para elegir al candidato que se prefiriere.
  • Otro estorbo en el ejercicio regular del voto.

¿Ante quién se presenta?

  • Juez de cualquier fuero e instancia.
  • Presidente de la correspondiente mesa electoral.

¿Cómo se presenta?

Al ser un formulario modelo, se completa con los datos propios, especificando la causal que origina su presentación. Se deben presentar dos copias. Una de dichas copias se la queda el funcionario que lo recibe y la otra es firmada por ese funcionario y se la queda quien presenta el amparo.

¿En cuánto tiempo se resuelve?

El funcionario está obligado a tomar de forma urgente todas las medidas que estén a su alcance para garantizar el derecho al voto del elector.

¿Qué pasa si el funcionario no quiere recibir o dar trámite al amparo?

Deben acudir dos testigos y completar sus datos en la parte correspondiente del formulario, a fin de acreditar la presentación y rechazo a darle trámite por parte del funcionario al que se lo presenta. Luego, debe denunciarse esto al delegado del tribunal electoral que hay en cada escuela.

¿Qué consecuencias puede acarrear no dar trámite al amparo?

Según el artículo 129 del Código Electoral Nacional, se impondrá prisión de tres meses a dos años a aquel funcionario que no diere trámite al amparo o no lo resolviere en 48 horas.


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