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SUMMARY:Seminario: Planificación tributaria, interpretación económica y jurisprudencia comparada
DESCRIPTION:Ciclo Anual de Seminarios de Profundización y Actualización en Derecho Tributario:  Seminario:   Planificación tributaria\, interpretación económica y jurisprudencia comparada  &nbsp;    Duración: una tarde    Fecha: jueves 19 de julio de 2012 (15:30 a 19:30 hs.)    Profesor:    Dr. Alejandro C. Altamirano    Abogado. Doctor en Derecho por la Universidad Rovira i Virgili (Tarragona\, España). Profesor de Derecho Tributario y Director del Departamento de Derecho Tributario de la Facultad de Derecho de la Universidad Austral. Socio fundador del estudio Altamirano &amp; Asociados.    Precio: $ 500    * El precio incluye breaks y material de lectura previa.    Lugar: Universidad Austral\, Sede Garay\, 2° Piso    &nbsp;    Descripción y temario del seminario:    El contribuyente tiene derecho a la planificación tributaria dentro del marco y límites que acuerda la ley. En el Derecho Tributario\, la forma y la sustancia de las operaciones adquieren relieves de importancia y su estudio ha concentrado –y concentra- la atención de la materia. Siendo un tema común a todos los ordenamientos tributarios de todos los países –la lucha contra los mecanismos de ingeniería que antifuncionalmente se valen de las formas para evadir el gravamen- ha sido motivo de enormes esfuerzos doctrinarios los que siguen la construcción pretoriana de este concepto. De manera que en todas esas relaciones doctrinarias internacionales fácilmente puede advertirse el trasbasamiento del análisis de estas figuras de un orden jurídico a otro. Así observamos la influencia del derecho extranjero\, en esta materia\, sobre el argentino. Ese tema pretende ser el objeto de este trabajo.    Las normas sobre la evasión fiscal pueden clasificarse como (a) aquellas en que no existen medidas generales basadas en un estatuto o en la jurisprudencia; (b) norma general contra la evasión fiscal basada en la ley tributaria y (c) normas generales contra la evasión fiscal basada en la jurisprudencia. En las tres categorías\, los países pueden tener en mayor o menor grado normas específicas contra la evasión fiscal. La frontera entre los grupos resulta bastante difusa ya que puede discutirse si una norma o una jurisprudencia es general o no; un ejemplo es la doctrina Ramsay\, de la jurisprudencia inglesa.    Nos proponemos analizar la influencia que la regla de privilegiar la sustancia por sobre la forma otorgada a la operación (substance over form) puede tener sobre el derecho judicial argentino. Específicamente nos preguntaremos si estas figuras\, tan propia de ordenamientos jurídicos más depurados\, son plenamente aplicables a nuestro contexto local\, nos referiremos a la regla del precedente –tan decisiva en el common law-\, intentaremos adentrarnos en la jurisprudencia anglosajona sobre el tema y compararla con algunos precedentes de nuestro más alto tribunal de Justicia para evaluar su influencia.    La interpretación económica en Argentina ha sido objeto de una vasta utilización por las autoridades fiscales e interpretación por el Poder Judicial\, dando lugar a los contenidos más diversos. Si se compara la doctrina nacional con la extranjera observamos que sólo dos artículos de la ley de Procedimientos Tributarios intentan recoger lo que\, en la legislación extranjera\, han fundamentado doctrinas extranjeras como el sham transaction\, substance over form\, step transaction y el llamado business purpose test. El criterio de la realidad económica resulta la herramienta más empleada por las autoridades fiscales para evitar la evasión y elusión doméstica e internacional. Pero la realidad económica y la sustancia sobre la forma no son datos jurídicos\, son elementos imprecisos que desatan un sinnúmero de interrogantes que debe tratar de resolver el operador jurídico.  [si-contact-form form='3']
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