Ciclo Anual de Seminarios de Profundización y Actualización en Derecho Tributario:
Seminario:
Fuentes del Derecho Tributario y normas soft-law
Duración: una mañana
Fecha: jueves 19 de julio de 2012 (9:30 a 13:30 hs.)
Profesor:
Dr. Alejandro C. Altamirano
Abogado. Doctor en Derecho por la Universidad Rovira i Virgili (Tarragona, España). Profesor de Derecho Tributario y Director del Departamento de Derecho Tributario de la Facultad de Derecho de la Universidad Austral. Socio fundador del estudio Altamirano & Asociados.
Precio: $ 500
* El precio incluye breaks y material de lectura previa.
Lugar: Universidad Austral, Sede Garay, 2° Piso
Descripción y temario:
Parecería que un seminario sobre las “fuentes del Derecho Tributario” luce abstracto y teórico. Nada más alejado de la realidad. Nos proponemos el análisis pormenorizado de un tema de enorme influencia práctica para el operador jurídico como es la creciente injerencia de los organismos internacionales en la definición de categorías tributarias a través de directrices supranacionales que se incorporan progresivamente en las normas internas de los diferentes países.
El soft law alude a aquel conjunto normativo que no se origina en el legislador nacional sino que es emitido por organismos internacionales cuya fuerza intrínseca hace que los Estados adecuen su legislación a dichos cuerpos normativos o directamente exigen su aplicación a sus contribuyentes. ¿Es factible esta injerencia? ¿La jurisprudencia de nuestros tribunales lo admite?
Indudablemente el soft law resiente las soberanías estatales pues se trata de: a) limitaciones voluntarias (Modelo OCDE de Convenio para evitar la doble imposición); b) limitaciones convencionales (el GATT, OMC/WTO, el Derecho Comunitario Europeo, que limita el ejercicio de la competencia tributaria de los estados de la Unión Europea); c) limitaciones externas al ordenamiento jurídico nacional (documento OCDE sobre Harmful Tax Competition, la Directiva 2003/48/CE) y d) limitaciones sobre la independencia administrativa u operacional (entendiendo por ello a la facultad que tiene un Estado para gestionar un sistema tributario determinado sin la asistencia y menos anuencia de las autoridades del otro Estado).
En el contexto de esta cuestionada fuente relativa del Derecho tributario encontramos: a) el control del crimen internacional; b) las Normas internacionales de información financiera (normas NIIF); c) la creciente influencia de organismos internacionales que desarrollan objetivos normadores vinculantes para las partes; d) Competencia fiscal dañosa (harmful tax competition): e) las recomendaciones de los organismos internacionales para la legislación nacional como la adopción de regímenes de transparencia fiscal internacional (Controlled Foreign Corporations o CFC) para contrarrestar la manipulación de las bases imponibles relativas a las rentas pasivas.
